Resolución 05/2023
Con fecha 31/03/2023 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General IGJ 05/2023. Ésta hace referencia a las Resoluciones Generales 14/2020, 38/2020, 51/2020, 5/2021, 11/2021, 03/2022, 12/2022 y 05/2023 ampliando sus plazos de vigencia y la población que puede adherirse al beneficio. La Resolución General IGJ 05/2023 ofrece la opción del diferimiento de cuota pura y cargas administrativas durante 12 meses para ser recuperada con el pago de cuotas futuras suplementarias. Además, ofrece una bonificación adicional al diferimiento para quienes cumplan con determinadas condiciones.
PREGUNTAS FRECUENTES
Encontrá aquí las respuestas a las dudas más frecuentes sobre la resolución.
DIFERIMIENTO
¿Cuáles son los beneficios más importantes que establece la Resolución?
¿Quiénes pueden ejercer la opción del diferimiento?
Mi plan corresponde a los grupos indicados, pero ya tengo el auto, ¿puedo adherirme al beneficio?
¿El beneficio se aplica a todos los clientes que cumplan con los requisitos en forma automática?
¿Durante qué plazo se puede optar por el mismo?
¿Puedo elegir la cantidad de cuotas a diferir?
¿Cómo será el esquema de diferimiento?
¿Cuáles son los conceptos que componen la cuota del plan?
¿Sobre qué conceptos se aplica el diferimiento de la cuota del plan?
BONIFICACIÓN ADICIONAL
¿En qué consiste el beneficio de la bonificación adicional y quienes pueden acceder al mismo?
¿Qué pasa si adelanté cuotas en el pasado?
¿Cómo sería el esquema adhiriéndome al diferimiento y aplicando a la bonificación adicional?
RENUNCIADOS/RESCINDIDOS